El REPSE es el padrón administrado por la STPS para personas físicas o morales que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas en los supuestos previstos por la legislación laboral.

¿Quién debe revisar si está obligado?

Entre otros supuestos, la STPS identifica a quienes ponen trabajadores propios a disposición de un tercero para la prestación de servicios u obras especializadas, así como ciertos servicios u obras complementarias o compartidas dentro de grupos empresariales.

No basta con tener un número de registro

El control debe incluir la vigencia del registro, las actividades autorizadas, la situación fiscal y de seguridad social, los contratos y la documentación que respalde la naturaleza especializada del servicio.

Qué debe revisar el contratante

Antes y durante la relación conviene validar el padrón público, la vigencia y las actividades autorizadas del prestador, además de conservar evidencia de la revisión y del expediente contractual.

Control documental recomendado

Registro vigente, constancias y opiniones aplicables, contrato, descripción del servicio, personal puesto a disposición cuando corresponda, comprobantes y documentación periódica asociada al cumplimiento.

Fuente oficial consultada: Secretaría del Trabajo y Previsión Social, plataforma REPSE: https://repse.stps.gob.mx/

Contenido informativo. La obligación debe analizarse conforme a la operación real y el contrato específico.

Contenido general de orientación. La aplicación de disposiciones, requisitos y criterios debe revisarse conforme a la operación y a la normativa vigente en la fecha de la consulta.